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3) CONSIDERACIONES MORALES SOBRE LA ACTITUD DE LOS FUNCONARIOS EN EL RECLAMO DEL BR92

Publicado: 2010-08-28

Sitio Web: http://bonoreconocimientoestafa.lamula.pe/

3) CONSIDERACIONES MORALES SOBRE LA ACTITUD DE LOS FUNCONARIOS EN EL RECLAMO DEL BR92

- LA GRAN ESTAFA –

JERRY MAX ESPINO CARRILLO

bonoreconocimiento92@yahoo.com

Cuando me di cuenta del error en el procedimiento de cálculo que aplicaba la ONP, que explicaba los valores ínfimos para el Bono de Reconocimiento, creí que se debía a un error en Gobiernos anteriores de algún funcionario mediocre.

Pero cuando presenté el reclamo y observé las tácticas dilatorias que aplicaban tanto la ONP como el MEF, llegué a la triste conclusión que los funcionarios de la ONP y del MEF sabían que el procedimiento estaba equivocado, pero que no tenían la intención de corregirlo. Entonces hay una intencionalidad en realizar la “estafa” que deviene en responsabilidades administrativas y hasta podrían ser penales.

Esta conclusión fue más decepcionante cuando la Sra. Mercedes Araos ocupó el cargo de Ministra del MEF y la situación de “mecedora” continuó igual.  Decepcionante porque la Sra. Araos venía con el prestigio de haber desempeñado cargos importantes y los había ejecutado con eficiencia y buen criterio. Yo estaba de acuerdo en considerarla como futura presidenciable.

La Ministra Sra. Mercedes Araos declaró al diario El Comercio que consideraba ser candidata a la Presidencia y que le gustaría luchar contra la pobreza extrema. No se da cuenta la Sra. Ministra que con cada Resolución de Bono de Reconocimiento con valor errado que se emite se envía a una familia a la miseria??

He reclamado durante cerca de 3 años a la ONP y cerca de 2 años al MEF. Ninguna de las 2 instituciones ha respondido al reclamo ignorando el grave problema como lo haría una avestruz.

Con esta actitud ambas instituciones impiden que yo ejerza la Facultad de Contradicción Administrativa que dispone la Ley Nro 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículo 109; y están faltando a la Garantía Constitucional de Acción de Cumplimiento, dispuesta en la Constitución Política del Perú, Título V.

La intención de evitar la solución al reclamo es tan evidente que cuando realicé la última apelación a la ONP no mencioné los documentos de aportes porque ya tenía los suficientes aportes reconocidos. Solo insistí en el reclamo del procedimiento de cálculo errado. La respuesta fue una Resolución en la cual reconocían más documentos de aportes que yo no había reclamado pero no mencionaron para nada mi reclamo. Reclamé por papas y me dieron algunos camotitos fritos. Eso es una “criollada”.

RESUMEN DE LOS HECHOS:

El procedimiento para actualizar un valor con el IPC desde una fecha inicial hasta una fecha final es conocido y utilizado por la Legislación Peruana.

No se comprende porque la ONP y el MEF no aplican este procedimiento para calcular el valor del Bono de Reconocimiento cuando la fecha del Promedio de Remuneraciones es anterior a 1992.

No se comprende porque la ONP y el MEF se niegan a comunicar porque insisten en utilizar un procedimiento equivocado con el cual se obtienen valores ínfimos que no pueden explicar.

Y si, en el improbable caso que la ONP y el MEF tienen un argumento, no se comprende porque se niegan a comunicarlo y mantienen una política de silencio que maltrata al ciudadano jubilado que reclama y prolonga la miseria que sufre cuando le confiscan el 99.9% de sus fondos previsonales en una época en que nadie le ofrece trabajo debido a su edad avanzada.

Si el problema es la gran cantidad de dinero que tienen que devolver a los jubilados cuyos fondos previsionales han confiscado ilegalmente durante muchos años, entonces el problema es financiero y la solución debe ser financiera. No es aceptable que continúen con la confiscación ilegal, trasladando la carga al ciudadano jubilado.

Los actos que cometen configuran la calificación de Estafa del Estado a los ciudadanos jubilados, según la siguiente definición basada en la descripción de la Real Academia Española:

ESTAFA => Delito consistente en provocar un perjuicio patrimonial, la confiscación ilegal de fondos previsionales al CIUDADANO JUBILADO mediante engaño y con ánimo de lucro para el ESTADO.”

Estafar al Pueblo para tener fondos para hacer Obras a favor del Pueblo no es Honesto, no es Ético, ni es administrativamente correcto.

JERRY MAX ESPINO CARRILLO

bonoreconocimiento92@yahoo.com


Escrito por

Jerrymax Espino

Ingeniero Industrial de la UNI, magister en administracion de ESAN. Jubilado y estafado por la ONP que me ha dado un Bono de Reconocimiento de 56 soles por 23 años de aportes utilizando un truco que consiste en aplicar una tasa de cambio equivocada. De esta m


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ONP CONFISCA BONO DE RECONOCIMIENTO 92

La ONP y el MEF se niegan a solucionar el reclamo